El Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, integrado por los camaristas Karen González, Arnaldo Levera y Elodia Almirón, declaró la nulidad del fallo que rechazó la ejecución hipotecaria en primera instancia, sobre el estadio “Erico Galeano Segovia”, concediendo de esta manera el procedimiento en el marco de una demanda promovida por la Cooperativa Capiatá por una deuda que asciende a G. 7.859 millones más intereses y recargos.
Se trata de la demanda de ejecución hipotecaria promovida por la Cooperativa Capiatá por G 7.859.607.417, más recargos e intereses, en concepto de un préstamo, mediante el cual se procede al embargo del estadio deportivo con esta decisión.
El caso se originó a partir de una demanda promovida por la Cooperativa Multiactiva Capiatá Ltda., que reclama el pago de la que corresponde a un préstamo otorgado a la institución que no fue cancelado en los plazos estipulados.
Como garantía real de la operación financiera, el club había constituido una hipoteca sobre el inmueble donde se asienta su infraestructura principal.
En primera instancia, el juzgado rechazó la ejecución hipotecaria bajo el argumento de que, aunque la deuda consta en escrituras públicas, se omitió la presentación de los pagarés mencionados en dichos documentos, fallo que fue anulado por la cámara civil.
Para los asesores legales de la cooperativa, la tesis planteada es que Galeano habría utilizado una doble garantía (hipotecaria y pagarés) como una maniobra deliberada: al no firmar los pagarés, dejó «cabos sueltos» que ahora utiliza para bloquear la ejecución de la hipoteca, a pesar de que el préstamo de 8.000 millones de guaraníes es un hecho documentado y reconocido.
FUENTE: EL OBSERVADOR