Se trata de la acción de excluir a una persona del pre padrón; mientras que el reclamo se refiere a la solicitud de inclusión de personas o correcciones de los datos obtenidos de la inscripción.
Los pedidos de tachas y reclamos se presentan ante las oficinas del Registro Electoral o los Juzgados Electorales ubicados en todo el territorio nacional, informó el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
Posteriormente el juez dispondrá hasta el 20 de febrero para expedirse al respecto y proceder a lo solicitado por parte de agrupaciones políticas o cualquier ciudadano.
Finalizado este procedimiento la Dirección del Registro Electoral (DRE) en posesión de las listas remitirá a sus oficinas de todos los distritos electorales de la república los pre-padrones antes del 30 de marzo de cada año, como lo establece el Art. 117 de la Ley Electoral./IP